CHEPES: LA JUSTICIA OTORGÓ LA GUARDA DE UN ADOLESCENTE A SU HERMANA Y UN PRIMO ANTE LA AUSENCIA DE SUS PADRES

 Dra Alejandra Lopez Nov 2026

La Cámara Multifueros de la Quinta Circunscripción Judicial, con sede en Chepes, en Sala Unipersonal N°2, a cargo de la jueza Dra. María Alejandra López, con intervención del secretario Francisco A. Dávila; otorgó la guarda judicial de un adolescente a su hermana de 22 años y a un primo de 25, ante el fallecimiento de su padre y la imposibilidad de su madre de ejercer el cuidado parental por encontrarse privada de la libertad.

La guarda fue establecida por un año, con posibilidad de prórroga, conforme al artículo 657 del Código Civil y Comercial de la Nación. La resolución fue dictada el 3 de noviembre del presente año, y busca garantizar la protección, estabilidad emocional y continuidad educativa del adolecente, dentro de su entorno familiar.

La Justicia priorizó el entorno familiar del adolescente

Las actuaciones fueron promovidas por la Defensoría Oficial de Niños, Niñas, Adolescentes e Incapaces, representada por las Dras. María Cuello y Eliana Oyola, ante la necesidad de regularizar urgentemente la representación legal y el cuidado del adolescente.

Durante la investigación se constató que su hermana y su primo habían asumido responsablemente su cuidado cotidiano, acompañamiento escolar, asistencia médica y contención afectiva, logrando revertir la situación de vulnerabilidad inicial.

El 29 de octubre se realizó una audiencia privada en la que el adolescente pudo expresar su opinión. La magistrada destacó su madurez y valoró especialmente los vínculos de confianza construidos con sus familiares.

Una decisión basada en el interés superior del adolescente

La jueza fundamentó su resolución en la Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley Nacional 26.061, la Ley Provincial 8.848 y los artículos 104 y 657 del Código Civil y Comercial.

Estas disposiciones priorizan el derecho de niñas, niños y adolescentes a desarrollarse dentro de su familia, siempre que existan condiciones adecuadas de protección y cuidado.

La magistrada consideró que la permanencia con sus familiares constituye la alternativa más favorable para garantizar su desarrollo integral, evitando una institucionalización innecesaria.

Acompañamiento psicológico y representación legal

La sentencia dispuso que los guardadores concurran a la Cámara para aceptar formalmente sus responsabilidades y prestar juramento, habilitándolos a realizar gestiones ante establecimientos educativos, centros de salud, ANSES y otros organismos.

Asimismo, ordenó continuar el acompañamiento psicológico mediante el Hospital Luis Pasteur de Chepes y el Área de Niñez de la Municipalidad de Rosario Vera Peñaloza, con intervención de una acompañante terapéutica.

La magistrada reconoció especialmente el trabajo de las profesionales por la contención brindada al adolescente y dispuso la presentación de informes periódicos sobre su evolución.

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