JUZGADO LABORAL RECHAZÓ UN PLANTEO QUE BUSCABA EXCLUIR PRUEBAS DE UN JUICIO POR DESPIDO

El Juzgado del Trabajo y Conciliación N.º 6 de la Primera Circunscripción Judicial, con sede en la ciudad de La Rioja a cargo del juez Dr. Ariel Marcos, había permitido incorporar prueba informativa cuestionada por una de las partes, en el marco de un reclamo indemnizatorio por despido.
Pero se originó una controversia cuando la parte demandada se opuso a la incorporación de una serie de informes y oficios, al considerar que habían sido agregados después de la fecha originalmente prevista para la audiencia de vista de causa.
Por lo que, la parte demandada decidió llevar este planteo a casación ante el Tribunal Superior de Justicia; pero el alto cuerpo rechazó este recurso de casación y confirmó lo resuelto por el Juzgado del Trabajo y Conciliación N.º 6, sosteniendo que las reglas procesales deben interpretarse de manera compatible con las particularidades del proceso laboral, la tutela judicial efectiva y la búsqueda de la verdad material.
El juzgado laboral priorizó la búsqueda de la verdad
Al resolver el planteo, el juez Ariel Marcos rechazó la oposición. Entre sus fundamentos señaló que el proceso laboral provincial se encuentra regido por la Ley N.º 10.405, que contempla expresamente principios vinculados con la protección del trabajador y la búsqueda de la verdad real.
El magistrado consideró que la aplicación estrictamente formal de una norma procesal no debía impedir la incorporación de elementos que resultaran útiles para esclarecer los hechos discutidos en el expediente.
Asimismo, tuvo en cuenta que los oficios habían sido librados con anterioridad a la audiencia originalmente fijada y que esa audiencia posteriormente había sido suspendida de común acuerdo por las partes, en el marco de tratativas conciliatorias.
Finalmente, el Juzgado rechazó la oposición a la incorporación de la prueba e impuso las costas del incidente a la parte demandada.
La decisión fue llevada ante el Tribunal Superior de Justicia
La parte demandada recurrió esa resolución mediante un recurso de casación. Entre sus cuestionamientos sostuvo que se habían vulnerado reglas procesales vinculadas con la oportunidad para producir prueba y los principios de preclusión, bilateralidad, igualdad de las partes, contradicción y debido proceso.
Al analizar el planteo, el TSJ señaló que para que una irregularidad procesal pueda provocar la nulidad de una decisión no alcanza con señalar el apartamiento de una regla: debe demostrarse además la existencia de un perjuicio concreto y actual.


















