LA JUSTICIA DECLARÓ FINALIZADA UNA UNIÓN CONVIVENCIAL Y ORDENÓ SU ANOTACIÓN EN EL REGISTRO CIVIL

La Sala 7 de la Cámara Cuarta en lo Civil, Comercial y de Minas, de la Primera Circunscripción Judicial con sede en la ciudad de La Rioja, a cargo de la jueza Dra Ana Carla Menem, resolvió ordenar el cese de una unión convivencial y dispuso que la decisión sea comunicada al Registro del Estado Civil y de la Capacidad de las Personas para su correspondiente anotación.
La resolución fue dictada en el marco de una causa iniciada en 2024, en la que ambas partes coincidieron en su decisión de poner fin a la convivencia, aunque inicialmente expusieron distintas circunstancias respecto de la separación.
La cuestión relacionada con la división de los bienes continuará mediante un trámite separado.
Ambas partes manifestaron su voluntad de finalizar la unión
De acuerdo con las actuaciones, la pareja había iniciado su convivencia en mayo de 2004 y posteriormente registró formalmente la unión convivencial en enero de 2024.
Durante el proceso, tanto el actor como la demandada solicitaron además la división de los bienes adquiridos durante la convivencia.
En una audiencia realizada en septiembre de 2025, ambas partes pidieron que la Justicia resolviera directamente el cese de la unión convivencial desde el 13 de octubre de 2024 y que las cuestiones patrimoniales continuaran mediante un trámite separado.
La voluntad de no continuar con la convivencia
Al analizar el caso, la jueza explicó que el actual Código Civil y Comercial reconoce la autonomía de las personas para decidir sobre la continuidad de una relación y regula expresamente las causas por las cuales puede finalizar una unión convivencial.
En particular, la sentencia tuvo en cuenta el artículo 522 del Código Civil y Comercial, que contempla entre esas causas la voluntad unilateral de uno de los convivientes, siempre que sea notificada fehacientemente al otro.
En este caso, se consideró que la notificación quedó cumplida mediante el traslado de la demanda y que correspondía declarar finalizada la unión convivencial.
La cuestión patrimonial continuará por separado
La resolución se limita al cese de la unión convivencial. La división de los bienes planteada por las partes no fue resuelta en esta instancia y continuará mediante el trámite correspondiente.

















