LA JUSTICIA ORDENÓ INVENTARIAR Y PRESERVAR BIENES DE UNA UNIÓN CONVIVENCIAL HASTA RESOLVER SU DIVISIÓN

Dra Carla Menem-mayo 24

La Sala Unipersonal N° 7 de la Cámara Cuarta en lo Civil, Comercial y de Minas de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo de la jueza Dra. Ana Carla Menem, quien resolvió hacer lugar a una medida cautelar de no innovar, en el marco de una demanda por división de bienes comunes; ordenando realizar un inventario y que una de las partes se abstenga de disponer de dichos bienes.

La medida fue solicitada por una de las partes con el objetivo de preservar los bienes muebles que permanecieron en el domicilio donde convivía la pareja. En su presentación manifestó haber tomado conocimiento de que algunos de esos bienes habrían sido vendidos y pidió evitar nuevos actos de disposición mientras se tramita el proceso principal.

Los fundamentos de la medida

Al analizar el planteo, la magistrada consideró acreditados, de manera preliminar, los requisitos necesarios para la procedencia de la cautelar, entre ellos la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora.

La resolución destacó el carácter preventivo de la prohibición de innovar, cuya finalidad es preservar una determinada situación mientras se trata el proceso principal y evitar modificaciones que puedan imposibilitar el cumplimiento de la futura sentencia.

En este sentido, la jueza consideró pertinente proteger los bienes que serán objeto del proceso de división y dispuso la realización de un inventario mediante la intervención de un oficial de Justicia.

Prohibición de disponer de los bienes

Finalmente, la Cámara hizo lugar a la medida cautelar y ordenó a la otra parte abstenerse de realizar actos de vender o regalar los bienes muebles que se encuentren en la vivienda que fue sede de la relación que mantenían estas dos personas.

Asimismo, ordenó confeccionar un inventario de dichos bienes mediante oficio al oficial de Justicia en turno. La resolución fue dictada sin imposición de costas y se difirió la regulación de honorarios para la oportunidad correspondiente.

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