LA JUSTICIA PROCESÓ A UN HOMBRE POR AMENAZAS CONTRA SU EXPAREJA EN UN CONTEXTO DE VIOLENCIA DE GÉNERO

El Juzgado de Instrucción de Violencia de Género y Protección Integral de Menores N.º 2 de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo de la Dra. Gisela Flamini, resolvió dictar el procesamiento a un hombre por el presunto delito de amenazas, porque habría proferido amenazas de muerte contra la denunciante y dispuso medidas de protección por 180 días para resguardar a la víctima.
La resolución se adoptó luego de analizar las pruebas reunidas durante la etapa de instrucción, las que, según sostuvo la magistrada, permiten alcanzar el grado de probabilidad requerido por el Código Procesal Penal para disponer el procesamiento del imputado.
Los hechos investigados
La investigación se originó a partir de la denuncia formulada por la expareja del imputado, quien relató una serie de episodios ocurridos en septiembre de 2024, durante los cuales el hombre habría protagonizado conductas agresivas dentro del domicilio familiar.
De acuerdo con la denuncia, en uno de esos hechos el acusado habría destruido mobiliario de la vivienda, agredido físicamente a la mujer y, días después, regresado al domicilio pese a las restricciones existentes, oportunidad en la que presuntamente le manifestó que prefería matarla antes que dejarle la vivienda. Tras ese episodio, la denunciante solicitó la intervención policial por temor a que las amenazas se concretaran.
Valoración de la prueba
Entre los elementos considerados por el Juzgado se incorporaron informes psicológicos que describen indicadores compatibles con situaciones de violencia de género, además del informe elaborado por la Secretaría de la Mujer y de la Diversidad.
Asimismo, la resolución destaca que el relato de la denunciante se mantuvo firme y coherente durante toda la investigación, sin contradicciones relevantes, circunstancia que fue especialmente valorada conforme a los estándares nacionales e internacionales aplicables en materia de violencia de género.
La jueza recordó que, en este tipo de procesos, el análisis probatorio debe realizarse con perspectiva de género, en cumplimiento de la Constitución Nacional, los tratados internacionales incorporados al ordenamiento jurídico argentino y la Ley N.º 26.485, destacando que esa metodología constituye una obligación legal para todos los operadores judiciales.
Medidas dispuestas
Como consecuencia del procesamiento, la magistrada ordenó disponer medidas de protección a favor de la denunciante por el plazo de 180 días, consistentes en la prohibición de acercamiento a menos de 300 metros, la prohibición de mantener cualquier tipo de contacto por medios personales, telefónicos o digitales y el cese de todo acto de perturbación o hostigamiento. También ordenó trabar embargo sobre bienes del imputado para garantizar las eventuales responsabilidades económicas derivadas del proceso.

















