LA JUSTICIA DICTÓ FALTA DE MÉRITO EN UNA CAUSA POR ABUSO, POR INCONSISTENCIAS Y CONTRADICCIONES

Dra. Jesica Diaz Marano 27 nov 23

El Juzgado de Instrucción de Violencia de Género y Protección Integral de Menores N°1, a cargo de la jueza Dra. Jesica Díaz Marano, resolvió dictar auto de falta de mérito a favor de Carlos M. N., quien se encontraba detenido e imputado por los delitos de abuso sexual con acceso carnal y coacción en concurso real, previstos en los artículos 119, 149 bis y 55 del Código Penal Argentino.

La decisión judicial fue adoptada al no encontrarse, en esta etapa procesal, elementos de prueba suficientes que permitan acreditar con el grado de probabilidad exigido la comisión de los hechos denunciados, ni tampoco los necesarios para disponer el sobreseimiento.

La magistrada sostuvo que el análisis integral del plexo probatorio —compuesto por declaraciones testimoniales, informes médicos, pericias y actuaciones de organismos especializados— arrojó inconsistencias y contradicciones que impiden alcanzar una convicción plena sobre la materialidad del hecho. En este contexto, consideró necesario profundizar la investigación, disponiendo nuevas medidas probatorias y pericias psicológicas a fin de esclarecer los acontecimientos denunciados.

Asimismo, la jueza ordenó la inmediata libertad del imputado, imponiéndole pautas de conducta consistentes en fijar domicilio en la ciudad de La Rioja, no ausentarse sin autorización judicial, comparecer ante el juzgado cuando sea citado y registrar su firma semanalmente.

En paralelo, se dispusieron medidas de protección a favor de la denunciante, entre ellas la prohibición de acercamiento del imputado a menos de 200 metros de su domicilio y lugares de concurrencia, así como la prohibición de todo tipo de comunicación con la mujer por cualquier medio, durante un plazo inicial de 120 días prorrogables.

La resolución aclara que la falta de mérito no implica el cierre de la causa ni la desvinculación definitiva del imputado, sino que mantiene la investigación en curso hasta tanto se incorporen nuevos elementos que permitan determinar la existencia del delito y la eventual responsabilidad penal.

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