LA JUSTICIA CONDENÓ A UN JOVEN A PRISIÓN EFECTIVA POR HURTO EN FLAGRANCIA EN EL BARRIO ONETTO
La Cámara Tercera Criminal y Correccional de La Rioja, en Sala Unipersonal Secretaría A, a cargo del juez Dr. Raúl Gustavo Díaz, quien unificó penas y revocó una condena condicional previa tras un nuevo hecho delictivo cometido en diciembre de 2024 por el acusado.
La justicia riojana condenó a Braian Nahuel Burgos Godoy, de 23 años, a la pena de dos años y cuatro meses de prisión de cumplimiento efectivo por el delito de hurto en flagrancia, ocurrido el 2 de diciembre de 2024 en una vivienda del barrio Carlos Onetto. La sentencia fue dictada el pasado 13 de mayo por el Magistrado, en el marco de un juicio abreviado celebrado de manera virtual.
Durante la audiencia, el joven –actualmente alojado en el Servicio Penitenciario Provincial– reconoció su responsabilidad en el hecho, en el que ingresó a través de una abertura en construcción a una vivienda ubicada sobre avenida Carlos A. Lanzilotto y sustrajo diversos elementos personales y herramientas. Fue sorprendido por los propietarios, quienes dieron aviso a la policía, logrando su aprehensión a pocas cuadras del lugar.
La fiscalía, representada por el Dr. Luciano Maldonado, solicitó la pena de seis meses de prisión efectiva en atención a la confesión del imputado y la prueba reunida. Sin embargo, en virtud de que Burgos Godoy tenía una condena condicional previa de un año y diez meses impuesta en septiembre de 2024 –también por hechos cometidos en flagrancia–, el tribunal resolvió revocar el beneficio de la condicionalidad y unificar ambas condenas.
De este modo, el joven deberá cumplir una pena única de dos años y cuatro meses de prisión, en concordancia con lo dispuesto por los artículos 27 y 58 del Código Penal.
Además, el fallo ordenó al Juzgado de Ejecución Penal que practique el cómputo correspondiente y que se le realice un examen para evaluar eventuales adicciones, con el objetivo de iniciar un tratamiento de rehabilitación si así se determina. También se dispuso informar a la víctima, sobre los derechos establecidos por la Ley Provincial N° 10.185 de Protección a las Víctimas.
Finalmente, el tribunal impuso las costas del proceso al condenado y reguló honorarios a la defensora oficial, Dra. Yanina Galeote, aunque aclaró que los mismos solo podrán ser reclamados conforme lo establecido en la Ley del Ministerio Público.