LA JUSTICIA DISPUSO LA DESVINCULACIÓN CONSTRUCTIVA COMO MODALIDAD DE RELACIONARSE FILIALMENTE

La sala unipersonal 3, Secretaria B de la Cámara Primera en lo Civil, Comercial y de Minas, de la Primera Circunscripción Judicial, la jueza Dra. Ana Carolina Courtis, resolvió por medio de un auto interlocutorio, dejar sin efecto el cuidado personal compartido indistinto, del que gozaban dos progenitores sobre sus hijos y decidió otorgar de manera cautelar el cuidado personal unilateral provisorio de los menores a su padre; por el plazo de 3 meses y hasta tanto se cuente con los informes definitivos (interdisciplinarios e interseccionales) solicitados al C.A.T.I.





















